En la noche de ayer, el Presidente de la Nación, Alberto Fernández anunció la prórroga del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el 10 de Mayo y el inicio de una nueva etapa del mismo. La efectividad de las medidas tomadas por el Gobierno, y asumida con gran responsabilidad sobre nuestro pueblo, habilitaron la posibilidad de comenzar con una etapa de mayor flexibilidad en determinadas áreas del país y la posibilidad de que los gobernadores y gobernadoras puedan definir, bajo criterios sanitarios, diversas formas de flexibilización de la cuarentena en las ciudades de menos de 500000 habitantes.
"Pasamos de un aislamiento estricto a un segundo momento con un aislamiento administrado y ahora empieza esta tercera etapa en la que dejamos en manos de autoridades provinciales el manejo de qué actividades se pueden abrir". Afirmó el primer mandatario durante el mensaje grabado en la quinta de Olivos, en el cual detalló los logros de las primeras etapas de la “cuarentena” y explicó las nuevas medidas a adoptarse desde el lunes próximo hasta el 10 de mayo. Los anuncios 1- El aislamiento social, preventivo y obligatorio se prorroga hasta el día 10 de mayo de 2020.
2- Todos los aglomerados urbanos de más de quinientos mil habitantes en el país seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.
3- La Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas.
Siguen suspendidas en todo el país las siguientes actividades:
1- Dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades.
2- Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros
3- Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado
4- Actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares
5- Las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario.
6- El transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.
Las gobernadoras y los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento.
Estas excepciones serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias:
1) Tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días,
2) Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta,
3) Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional,
4) El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido,
5) La zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.
Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con la excepciones.
El Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos / sanitarios. Otras Las y los trabajadores mayores de sesenta años, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo.
Todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.
El permiso de salida de 1 hora rige en todo el país, inclusive para los grupos de riesgo
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